16 August 2012
La Constitución de Puerto Rico ha tenido seis (6) cambios desde su aprobación en el 1952:
- se elimina la sección 20 de la Carta de Derechos que garantizaba derecho a educación primaria y secundaria gratuita, a obtener trabajo, a un nivel de vida adecuado y a la protección social (en el desempleo, enfermedad vejez o incapacidad) (1952)
- para reconocer el derecho a ser educado en escuelas auspiciadas por el sector privado (1952)
- para disponer que toda enmienda a la Constitución de Puerto Rico deberá ser compatible con la resolución del Congreso de los EEUU aprobando la Constitución local, la Ley de Relaciones Federales, la Ley 600 del Congreso (que abrió el proceso para la adopción de la Constitución de Puerto Rico) y con la Constitución de los Estados Unidos (1952)
- para permitir que el Tribunal Supremo decida casos en pleno o en paneles de tres jueces (1960)
- para aumentar el margen prestatario del gobierno al 15% de los recaudos habidos en los dos (2) años previos inmediatos (1961)
- para permitirle votar a toda persona de 18 años o más (1970)
Las tres enmiendas del 1952 fueron exigidas por el Congreso de los Estados Unidos como condición para aceptar la Constitución de Puerto Rico.
Los electores puertorriqueños rechazaron en 1994 dos propuestas de enmienda a la Constitución: (1) para fijar en nueve el número de jueces del Tribunal Supremo; (2) para eliminar el derecho absoluto a la fianza a "criminales habituales".
La Constitución provee la estructura básica que rige los derechos y deberes del ciudadano y organiza la vida pública y política del país. Como texto orgánico, es esencial su estabilidad y coherencia de manera que pueda servir su función de guía a una sociedad cambiante. Por eso el proceso de enmendarla requiere que cada propuesta de enmienda pase por votaciones en la Legislatura con al menos de 2/3 de los votos a favor en cada uno de sus cuerpos y de que una mayoría de los votantes lo aprueben. En esencia, la propia Constitución se protege de cambios motivados por las preferencias de moda o los apasionamientos súbitos.
El domingo 19 de agosto de 2012, los puertorriqueños votarán para aceptar o rechazar dos propuestas de enmienda: (1) para reducir el número de legisladores un 30%; (2) para que los jueces tengan la discreción de ordenar el encarcelamiento sin derecho a fianza de las personas que sean acusadas de haber cometido ciertos tipos de asesinatos hasta que se determine la culpa o no culpa del (de la) acusado/a en un juicio pleno.
En la entrevista el 16 de agosto de 2012 en Univision Puerto Rico, que incluyo al tope de esta entrega, converso con Ramón Enrique Torres de Las Noticias la historia de las enmiendas y las propuestas del referendo que se celebrará el 19 de agosto de 2012.
A votar.
En todos los años que tiene de existencia la constitución de los E.E.U.U, solo se ha enmendado 27 ocasiones. En ninguna de las ocasiones fue para limitar o elminar derechos..Según McDonald vs Chicago el tribunal decidió, que limitar o reglamentar derechos a un nivel tan alto, es quivalente hacerlo impractico, y por lo tanto, invalidarlo...QUÉ NOS PASA PUERTO RICO..Gracias profesor por su apoyo y sus aportes a la sociedad
ReplyDeleteMuy acertada la cita de McD v. Chicago. Gracias Jean! Alumno InterMetro!!!!!
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