El domingo 19 de agosto, usted decide si desea que le hagan dos enmiendas a la Constitución de Puerto Rico, dos cambios a cómo se gobierna y se administra la justicia en nuestra Isla.
En la caseta de votación enfrentará una papeleta con mucho texto y poco atractiva de leer. No se deje intimidar. Es sencillo. Aquí unos comentarios sobre cada una de las propuestas:
(1) Propuesta para reducir el número de legisladores de 78 escaños a 56:
Esta es la llamada "Reforma Legislativa". Si es aprobada, no pasará nada hasta las elecciones del 2016 (leyó bien: los cambios entran en vigor para la elección de noviembre 2016, no para la elección que tendremos en tres meses). Según esta propuesta, ahora en noviembre de 2012 volveremos a elegir 27 senadores y 51 representantes, como se ha hecho siempre. Es en noviembre de 2016 que elegiremos 17 Senadores y 39 representantes; o sea, 56 legisladores en vez de los 78 que tendremos de nuevo en el cuatrienio de enero 2013 a diciembre 2016.
Además, a partir de las elecciones de 2016, aumentan los distritos senatoriales de 8 a 11 pero en vez de tener dos senadores por distrito, solamente tendremos uno. En la Cámara, seguimos con un representante de distrito pero los distritos se reducen de 40 actualmente a 33.
A la legislatura se le hacen continuamente las siguientes críticas:
- salarios de lujo
- "dietas" inmerecidas y más de mil dólares mensuales para carro (¿por qué?)
- trabajo de poca calidad
- violaciones éticas y hasta convictos por casos criminales
- entorpecer el acceso del público y la prensa a los trabajos legislativos
- medidas aprobadas tarde en la noche y/o con poca discusión
- participación excesiva en controversias e intereses personales que no abonan al bienestar público (y se supone que tenemos "legislador a tiempo completo")
- prespuesto excesivo en la Rama Legislativa y desperdiciado en todo lo anterior
La "reforma legislativa" que se propone en el referendo del 19 de agosto no atiende ninguna de estas críticas. Es simplemente "menos legisladores". Nada hay por escrito sobre cuáles "ahorros" se verán al tener menos escaños. Tampoco se pondrá en la Constitución instrucciones claras que obliguen al gobierno a dedicar los ahorros que haya a atender problemas prioritarios del país.
(2) Propuesta para limitar derecho a fianza en ciertos casos de asesinato:
Toda persona acusada de haber cometido un delito, si es acusada erróneamente o correctamente, tiene el derecho a permanecer en libertad bajo fianza hasta que se determine su culpabilidad o "no culpabilidad" en juicio. Ese es el "derecho absoluto a la fianza" que existe en nuestra Constitución. Funciona de esta manera: dentro de unos límites financieros establecidos en el procedimiento penal para cada tipo de acusación, el juez determina a base de la prueba que le presentan, temprano en el proceso de acusación, si el acusado (que es inocente hasta que se pruebe lo contrario más allá de duda razonable en juicio) presenta un riesgo de fuga, de que pueda destruir evidencia o manipular testigos o de que sea una amenaza a la comunidad, y el juez, en su discreción fija la cantidad que la persona debe dar como "fianza", o sea, como "garantía" de que se presentará al juicio. Si el acusado tiene el dinero, presta la fianza y permanece en libertad; si no lo tiene, se le envía a la cárcel hasta el juicio, que tiene que comenzar no más tarde de seis (6) meses.
El 19 de agosto en el referendo se nos pregunta si queremos eliminar el derecho absoluto a la fianza en los siguientes tipos específicos de asesinatos: asesinatos "con premeditación, deliberación o acecho"; los asesinatos que se cometen al robar en un hogar, durante una agresión sexual o un secuestro; los asesinatos que resultan al disparar arma de fuego desde un vehículo o en un lugar público; y los asesinatos en los que la víctima es policía en el cumplimiento del deber. Si se vota a favor de esta medida el 19 de agosto de 2012, tanto el criminal como el inocente ya no tendrán derecho absoluto a fianza y, en una vista, un juez podrá ordenar el encarcelamiento del acusado sin derecho a estar en libertad bajo fianza hasta que comience el juicio.
Esta propuesta sería acertada si una buena cantidad de los asesinatos que plagan a nuestra sociedad fueran cometidos por personas que al momento de cometer ese nuevo asesinato ya habían sido acusadas de haber cometido asesinato previamente y se encontraban en libertad bajo fianza al momento de cometer el nuevo asesinato. Pero ello no es así. Ninguna persona en Puerto Rico nos ha demostrado que los asesinatos en nuestra Isla los cometen gente que están libres bajo fianza esperando juicio. Los números no existen porque simplemente esa no es la realidad que produce los asesinatos en Puerto Rico. Y hay qué preguntarse, ¿qué resolvemos con esta propuesta?
Evaluemos cada una de los dos propuestas del referendo del 19 de agosto sin apasionamiento, aquilatando lo que sí hace cada una y, con ese sencillo análisis en mano, hacer nuestra selección.
Más claro que el agua... vea el video del Análisis de la Semana en Las Noticias Univisión PR (11 de agosto de 2012) adjunto al principio de esta entrada.
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